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Qué es un paro ilegal

Asimismo se considerará huelga ilegal cualquier acto doloso del empleador que imposibilite al trabajador el habitual desempeño de sus funcionalidades.

En 1871 la ley prohibía de manera expresa la reivindicación de un incremento de salario, con lo que la huelga de trabajadores era ilegal siendo considerada un delito contra la propiedad. El Código Penal de la temporada sancionaba la huelga con pena de prisión y multa a quien se rebelase o ejercitara cualquier forma de crueldad con el objetivo de subir o bajar el salario y también evitar el libre ejercicio del trabajo.

No fue hasta la Constitución Política de 1917 que se reconoció por ley el derecho de los trabajadores a la huelga para poder condiciones de trabajo y sueldos justos. Nuestra Constitución Política ahora incluye en el producto 123 la definición de huelga legal y también ilegal.

Comunicación de la huelga a la compañía

Según lo predeterminado en la legislación laboral que regula la huelga, la compañía debe recibir aviso previo de los trabajadores. En este sentido, se establecen los plazos en los que debe entregarse:

Huelgas exageradas

Una huelga es exagerada en el momento en que tiene una meta y actuaciones de los trabajadores que van alén de la defensa de sus derechos , como la huelga que efectúan los servicios en ámbitos estratégicos con el propósito de interrumpir un desarrollo productivo.

Además de esto, se tienen la posibilidad de estimar desmesuradas otras acciones que no son propias de la huelga, esto es, acciones de presión que se desvían de no proceder a trabajar.

¿De qué forma tienen la posibilidad de los trabajadores declarar una huelga?

Para declarar la huelga, los trabajadores van a deber hacer llegar al Ministerio de Trabajo, por escrito, una declaración que tenga dentro los próximos elementos:

  1. Que la huelga tenga por objeto solucionar un enfrentamiento económico o jurídico que afecte al interés colectivo de los trabajadores de la compañía.
  2. Que la solución del enfrentamiento fue doblegada ineficazmente al trámite de conciliación administrativa y las partes o alguna de ellas no designaron árbitros o no declararon oportunamente su designación en los términos del producto 680.º
  3. Que la huelga haya sido votada por mucho más del cincuenta y uno por ciento de los trabajadores de la compañía o compañías de que se trate;
  4. Que los servicios que incluirá la huelga no son servicios fundamentales. La huelga no va a poder declararse hasta diez días después, cuando menos, de la fecha de la manifestación que los representantes sindicales hayan comunicado a la Secretaría de Estado de Trabajo. En las 40 y ocho horas siguientes a la recepción de la notificación, esa Secretaría mandará copia de exactamente la misma al empleador.

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